La subrogación en el contrato de seguros
Abstract
En Colombia se encuentra regulada la subrogación en el Código de Comercio, específicamente en el artículo 1096 del Código de comercio, la subrogación parte principalmente de la existencia de un contrato de seguro, el cual debe contener todos sus elementos esenciales para ser considerado válido, además es necesario la manifestación del riesgo asegurado, es decir, que se presente el siniestro para entrar a evaluar el pago de la indemnización por parte de la aseguradora al tomador o beneficiario del mismo, es aquí cuando surge la subrogación de los derechos por parte de la aseguradora, lo que le permite repetir contra el causante del siniestro y buscar el reconocimiento de la indemnización pagada, derecho que le asistía en un primer momento al dignificado; es por esto que se analiza la posibilidad que tiene el asegurado de oponerse o negarse a la subrogación de los derechos, sin perder el derecho a la indemnización.Impacto
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- Derecho [240]