Análisis del programa de detección temprana de alteraciones del embarazo en la empresa social del estado Hospital Francisco Luis Jiménez Martínez de Carepa en el año 2010
Fecha
2011
2011
Autor
Guerra Berrío, Luz Mila
Morón Morón, Yorledis
Palmezano Gómez, Eufemia Luz
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Resumen
En nuestro país, las complicaciones del parto y del puerperio son las principales causas de mortalidad materna, la meta es evitarlas mediante un conjunto de normas y recomendaciones. Para cumplir éste propósito, Colombia suscribe en el año 2002 con la ONU, la política nacional de salud sexual y reproductiva, cuyo propósito se basa en reducir la mortalidad materna para 2015; además pretende aumentar la cobertura y calidad del parto institucional y fortalecer la vigilancia y prevención de la mortalidad materna y perinatal en el país. El Concejo Nacional de Seguridad Social en Salud crea en 1998 el acuerdo 117, “Por la cual se establece el obligatorio cumplimiento de las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y la atención de enfermedades de interés en salud pública”, definiendo dentro de ellas la detección temprana de alteraciones del embarazo. En el año 2000, el Ministerio de Salud, ahora Ministerio de la Protección Social, estableció la resolución 412, “Por la cual se establecen las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento y se adoptan las normas técnicas y guías de atención para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y la atención de enfermedades de interés en salud pública”, donde establece específicamente las actividades a desarrollar para la detección temprana de alteraciones del embarazoImpacto
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