La omisión legislativa y el control de constitucionalidad
Date
2019-11-22
Authors
Builes Betancur, Juliana
Betancur Osorio, Stefanía
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Abstract
La constitución colombiana de 1991contempla las funciones básicas de cada una de las
ramas del poder público en Colombia (poder ejecutivo, legislativo y judicial).
Con base en dichas funciones, encontramos que es el legislador el único facultado para
crear las leyes, esto por mandato constitucional. No obstante, eventualmente puede el ejecutivo
cumplir temporalmente una función legislativa otorgada por la constitución cuando el país se
encuentre en estados de excepción.
De otro lado, la función del poder judicial es la administración de justicia y la aplicación
de la ley, pero las facultades del poder judicial se amplían cuando el legislador no cumple con su
deber constitucional de legislar, incurriendo en una omisión legislativa, que da lugar a que la corte
constitucional llene los vacíos jurídicos y cumpla funciones que en principio no le corresponden.
En Colombia, nos encontramos con dos clases de omisiones por parte del legislador, la
omisión legislativa absoluta y la omisión legislativa relativa.
La primera, hace referencia a una omisión total por parte del legislador, que da lugar a que
el legislador incumpla con su deber de crear la norma, dejando un asunto de suma importancia sin
legislar. En la segunda, por el contrario, el legislador cumple con su deber de legislar, pero la
norma creada no es lo suficientemente clara o completa, lo que da lugar a los llamados vacíos
jurídicos.
Por ello, es fundamental el papel que asume la Corte Constitucional por causa de estas
omisiones, ya que, es esta quien realiza la interpretación de la norma en busca de llenar los vacíos.
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Keywords
Omisión legislativa